Términos y Condiciones del Servicio
JDG Cargo LLC
Contrato marco para transporte internacional, casillero postal, almacenaje, recolección, última milla y servicios logísticos complementarios.
0. Definiciones
A los efectos de este documento:
- “JDG”, “la Empresa”, “nosotros”: JDG CARGO LLC, compañía registrada en el Estado de Florida, EE. UU., incluyendo sus filiales, afiliadas, agentes y subcontratistas.
- “Cliente”: cualquier persona física o jurídica que contrate o utilice los servicios de JDG, incluyendo, según corresponda, remitente, destinatario, consignante, consignatario, propietario de la mercancía, usuario de casillero postal, agente o tercero interesado.
- “Mercancía”, “Carga”, “Envío”: bienes, efectos, paquetes, cajas, pallets o cualquier objeto que el Cliente entregue a JDG, o que JDG reciba en nombre del Cliente, para transporte, almacenaje o servicios logísticos.
- “Casillero”: cuenta y dirección postal asignada al Cliente para recibir mercancías (normalmente en EE. UU.) con fines de consolidación y transporte internacional.
- “Recibo de Depósito / Guía / Conocimiento”: cualquier documento físico o electrónico emitido por JDG (incluidos correos electrónicos de confirmación, etiquetas, guías, recibos de depósito y similares) que identifique un envío o mercancía y remita a estos Términos.
- “Tarifas Vigentes”: listas de precios, recargos, seguros y servicios adicionales publicados por JDG en su web o comunicados al Cliente por medios oficiales.
1. Identidad, alcance y documentos contractuales
1.1. Identidad de JDG
JDG CARGO LLC presta, entre otros, los siguientes servicios:
- Transporte internacional de encomiendas y carga consolidada (courier aéreo, marítimo y/o multimodal).
- Almacenaje y manejo de mercancías (warehouse).
- Servicio de casillero postal internacional.
- Recolección (“pick up”) y distribución de última milla.
- Servicios logísticos y aduaneros complementarios, propios o a través de terceros.
1.2. Documentos que conforman el contrato
La relación contractual entre JDG y el Cliente se rige por:
- Estos Términos y Condiciones Generales.
- Los Anexos específicos, que forman parte integral:
- Anexo I – Transporte internacional / courier / encomiendas.
- Anexo II – Almacenaje y Warehouse Receipt.
- Anexo III – Casillero postal internacional.
- Anexo IV – Pick up y última milla.
- Anexo V – Servicios por país de destino.
- Los documentos particulares de cada servicio (guías, recibos de depósito, conocimientos de embarque, órdenes de servicio, formularios web, cotizaciones aceptadas).
- Las Tarifas Vigentes y tablas de recargos, cuando se incorporen por referencia.
En caso de conflicto:
- Entre estos Términos Generales y un Anexo, prevalece el Anexo para el servicio concreto.
- Entre este documento y la publicidad, flyers, posts u otros textos no contractuales, prevalece siempre este documento.
1.3. Países de operación
JDG presta servicios principalmente desde EE. UU. hacia, entre otros, los siguientes países (lista no limitativa y sujeta a actualización): Venezuela, Ecuador, Colombia, Perú, Uruguay, Paraguay, Chile, México, Costa Rica, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Guatemala.
Las condiciones adicionales por país se detallan en el Anexo V y en los subdominios/páginas específicas de JDG.
2. Relación con normas de transporte internacional
2.1. Transporte aéreo (Varsovia / Montreal)
En la medida en que resulte aplicable, el transporte aéreo internacional se regirá por:
- La Convención de Varsovia (1929) y sus protocolos; y/o
- El Convenio de Montreal (1999),
así como por sus leyes nacionales de implementación.
Cuando estas normas establezcan límites de responsabilidad de carácter imperativo, prevalecerán sobre los límites contractuales aquí previstos.
2.2. Transporte marítimo y otros modos
En transporte marítimo y otros modos podrán aplicar:
- Reglas de La Haya, La Haya–Visby, Hamburgo u otras convenciones, según la ruta y el transportista.
- Leyes nacionales del puerto de carga o descarga, o del país desde el que JDG organiza el transporte.
En lo que esas normas no regulen de forma obligatoria, regirán estos Términos y sus Anexos.
3. Aceptación del contrato
3.1. Modos de aceptación
El Cliente declara que ha leído, comprendido y acepta íntegramente estos Términos y sus Anexos. La aceptación se perfecciona cuando se produce cualquiera de los siguientes hechos:
- Firma física o digital de cualquier documento de JDG (recibo de depósito, guía, formulario web, contrato, orden de servicio).
- Entrega o puesta a disposición de la mercancía a JDG o a sus agentes/subcontratistas.
- Registro o uso del casillero postal internacional.
- Uso de las plataformas web de JDG (sitio principal o subdominios por país) para contratar y/o gestionar envíos.
- Pago, total o parcial, de cotizaciones o facturas emitidas por JDG.
3.2. Cotizaciones y vigencia
Salvo que se indique lo contrario:
- Las cotizaciones de JDG son válidas por 30 días naturales desde su emisión.
- Transcurrido ese plazo, JDG puede modificar tarifas y condiciones sin responsabilidad.
- La aceptación de una cotización se perfecciona mediante la firma o la entrega/tender de la mercancía dentro de la vigencia de la oferta.
4. Servicios cubiertos
4.1. Casillero postal internacional
El servicio de casillero postal internacional permite al Cliente:
- Registrarse y obtener una dirección física en EE. UU. (u otro país) y un número de casillero.
- Recibir compras en línea en esa dirección.
- Que JDG las reciba, clasifique, inspeccione, documente, consolide y envíe al destino final dentro de los países donde opera, bajo las leyes de EE. UU. y del país de destino.
El registro de casillero puede ser gratuito o sujeto a tarifa según lo indicado en las Tarifas Vigentes (ver Anexo III).
4.2. Transporte internacional / courier
JDG organiza y/o ejecuta transporte internacional:
- Aéreo, marítimo y terrestre.
- De encomiendas, cajas y carga consolidada.
- Incluyendo, cuando aplique, los trámites aduaneros bajo modalidades como “tráfico postal y envíos urgentes” o “importación ordinaria” (ver Anexo I y Anexo V).
4.3. Almacenaje y manejo de mercancías
JDG presta servicios de almacenaje, custodia y manejo en depósitos propios o de terceros, conforme al Anexo II.
4.4. Recolección (pick up) y última milla
JDG puede ofrecer:
- Recolección (“pick up”) en determinadas zonas y ciudades.
- Entrega de última milla, directa o a través de operadores locales, conforme al Anexo IV.
5. Subcontratación de terceros
El Cliente reconoce que JDG actúa como operador logístico y puede:
- Utilizar vehículos y almacenes propios o arrendados.
- Subcontratar aerolíneas, navieras, transportistas terrestres, almacenistas, operadores de última milla, agentes de carga, brokers, agentes aduanales, operadores tecnológicos y procesadores de pago.
Estos terceros actúan como subcontratistas de JDG. Sin perjuicio de los derechos de repetición de JDG contra ellos, la relación frente al Cliente se rige:
- Por estos Términos y sus Anexos.
- Por las normas de transporte internacionales y nacionales aplicables.
En caso de pérdida o daño atribuible exclusivamente a un tercero, JDG gestionará el reclamo como intermediario, pero su responsabilidad frente al Cliente seguirá limitada por la Cláusula 9 y por los límites imperativos de la ley.
6. Mercancías prohibidas y restringidas
6.1. Prohibiciones generales
El Cliente se compromete a no enviar ni almacenar con JDG mercancías prohibidas por:
- Leyes y regulaciones de EE. UU., del Estado de Florida y del país de destino.
- Regulaciones de aerolíneas, navieras, transportistas, almacenes y autoridades aduaneras.
- Normativa postal y de la Unión Postal Universal.
- Políticas internas de JDG y listados por país publicados en su web.
6.2. Ejemplos de mercancías prohibidas (lista enunciativa)
Sin limitarse a ello, se consideran prohibidas o severamente restringidas:
- Armas de fuego, municiones, explosivos, fuegos artificiales, juguetes bélicos.
- Drogas ilegales, sustancias controladas sin autorización, precursores químicos.
- Dinero en efectivo, billetes de lotería, instrumentos negociables al portador.
- Joyas y objetos de alto valor, salvo acuerdo expreso y seguro especial; en caso contrario, todo transporte de joyas será bajo exclusiva responsabilidad del Cliente.
- Material pornográfico ilícito.
- Plantas, animales vivos y especies protegidas sin permisos correspondientes.
- Mercancías falsificadas o que infrinjan derechos de propiedad intelectual.
- Materiales peligrosos (hazmat), combustibles, corrosivos, inflamables o radioactivos no declarados y/o no aceptados por las normas IATA/IMO/OTIF.
Listados específicos por país se detallan en el Anexo V y en las secciones locales de la web de JDG.
6.3. Cargamento no aceptable para transporte internacional
JDG no aceptará para transporte, o, si lo acepta por error, no asumirá responsabilidad por:
- Dinero, monedas, antigüedades, armas de fuego, plantas, explosivos.
- Instrumentos negociables, títulos valores y documentos extremadamente sensibles.
- Artículos restringidos por IATA, incluyendo materiales peligrosos o combustibles no permitidos.
- Propiedad prohibida por cualquier gobierno de origen, tránsito o destino.
- Cargas consignadas a apartados postales o equivalentes, salvo autorización específica.
JDG se reserva el derecho de confiscar, retener, devolver o descartar dichos artículos a su discreción, sin obligación de compensación, siempre que actúe conforme a la ley.
6.4. Derecho de inspección y notificación a autoridades
JDG podrá:
- Abrir, inspeccionar y revisar paquetes y mercancía en tránsito o almacenaje.
- Notificar a las autoridades sobre contrabando, sustancias ilegales o controladas.
- Entregar la mercancía a las autoridades cuando sea requerido.
El Cliente es el único responsable de las consecuencias legales y económicas de enviar mercancías ilegales, restringidas o mal declaradas, y deberá indemnizar y mantener indemne a JDG frente a cualquier reclamo, multa o gasto (incluyendo honorarios de abogados).
7. Pagos, moneda, prepagos y recargos
7.1. Moneda y medios de pago
Salvo indicación en contrario:
- Los servicios de JDG se facturan en dólares estadounidenses (USD).
- JDG puede, en determinados países (por ejemplo, Venezuela), no aceptar pagos en moneda local y admitir únicamente USD en efectivo, tarjeta, depósito o transferencia, según se indique en su web.
- JDG no acepta cheques salvo que así se pacte por escrito.
En algunos países, cuando sea legalmente posible y operativamente conveniente, los reembolsos podrán efectuarse en moneda local al tipo de cambio oficial o mecanismo que JDG defina, sin superar nunca los límites de responsabilidad de la Cláusula 9.
7.2. Servicios prepagados
Como regla:
- Los servicios de transporte y casillero son prepagados, salvo acuerdos de crédito por escrito.
- Los impuestos y tasas aduaneras podrán pagarse en origen o en destino, según la modalidad y la ley del país.
Los envíos no prepagados o con pagos rechazados podrán ser retenidos hasta que se reciba el pago íntegro.
7.3. Intereses por mora y gastos legales
Cuando JDG otorgue crédito y el Cliente incurra en mora:
- Se aplicará un cargo por demora de hasta 3% mensual sobre saldos vencidos (o el máximo permitido por la ley, el que sea menor).
- El Cliente también será responsable de los honorarios razonables de abogados, costas y gastos en que JDG incurra para la cobranza de sus créditos o para la defensa de sus derechos.
7.4. Ajuste de tarifas
Las tarifas de transporte, casillero, almacenaje y servicios adicionales pueden:
- Ser modificadas por JDG sin aviso previo, para ajustarlas a aumentos de costos (aerolíneas, navieras, combustible, seguros, etc.).
- Entrar en vigor desde su publicación en la web o comunicación oficial.
Las nuevas tarifas se aplicarán a servicios futuros y, cuando la cotización lo contemple o existan cambios extraordinarios de costos, a servicios en curso.
8. Seguros y valor declarado
8.1. JDG no es aseguradora
JDG no es una compañía de seguros y, salvo pacto expreso, la mercancía del Cliente no está asegurada contra pérdida, robo, daño o decomiso.
8.2. Seguro opcional ofrecido por JDG
Cuando JDG ofrezca seguro opcional, típicamente:
- Se calculará una prima como porcentaje del valor asegurado.
- A título referencial, y según lo publicado en la web, el seguro puede tener tarifas aproximadas del 6% del valor asegurado para comida, ropa y zapatos, y 12% para artículos de alto valor, hasta un máximo por envío (por ejemplo, hasta US$ 1.000, según la tabla vigente).
Salvo que la póliza o certificado indiquen otra cosa, este seguro:
- Cubre, en principio, pérdida total o robo total del bulto asegurado.
- No cubre daños físicos parciales, pérdida parcial, robo parcial ni decomisos aduaneros.
- No cubre mercancías no declaradas o prohibidas.
El cliente debe solicitar y autorizar el seguro en la guía de transporte o recibo correspondiente, o por escrito, antes del envío.
8.3. Seguro por cuenta del Cliente
El Cliente puede contratar seguros con la aseguradora que elija. En tal caso:
- El primer recurso frente a cualquier pérdida asegurada será la aseguradora.
- La responsabilidad residual de JDG seguirá estando sujeta a los límites de la Cláusula 9.
8.4. Valor declarado / ampliación de límites contractuales
Si JDG ofrece una opción de “valor declarado” (ampliación contractual de límite):
- El Cliente deberá declarar el valor por escrito y pagar la prima o recargo correspondiente.
- El límite de US$ 0,60/lb podrá elevarse hasta el tope acordado, pero sin convertir a JDG en aseguradora.
- Las exclusiones de responsabilidad seguirán aplicando (daños indirectos, etc.).
9. Limitación general de responsabilidad
9.1. Estándar de cuidado
JDG se obliga a ejercer la diligencia razonable que observaría un operador logístico cuidadoso bajo circunstancias similares. JDG responderá solo cuando se pruebe que la pérdida o daño se debe a una falta de diligencia razonable y exista nexo causal entre dicha falta y el daño.
9.2. Daños excluidos
En la máxima medida permitida por la ley, JDG no será responsable por:
- Lucro cesante, pérdida de beneficios, oportunidades de negocio o clientela.
- Daños indirectos, especiales, ejemplares, punitivos o consecuenciales.
- Pérdidas derivadas de retrasos razonables o atribuibles a terceros o a fuerza mayor.
- Pérdidas resultantes de confiscación, decomiso, incautación o destrucción por parte de autoridades.
9.3. Límite por libra – US$ 0,60/lb
Salvo que un tratado de transporte imperativo imponga un límite mínimo mayor o que se haya contratado un valor declarado superior, la responsabilidad máxima de JDG por pérdida, daño, destrucción, faltante o diferencia de inventario se limita al menor entre:
- El valor real comprobado de la pérdida; y
- US$ 0,60 (sesenta centavos de dólar) por libra de peso bruto de la mercancía afectada.
Este límite aplica por cada bulto o unidad afectada e incluye supuestos de “mysterious disappearance” (desaparición misteriosa) y diferencias de inventario, salvo prueba clara de conversión dolosa por parte de JDG.
9.4. Tope global por evento – US$ 100
Adicionalmente, salvo que un tratado imperativo o un contrato específico firmado indiquen un tope mayor, la responsabilidad global y acumulada de JDG hacia el Cliente por un mismo incidente o serie de incidentes relacionados no excederá de US$ 100 (cien dólares estadounidenses).
9.5. Remedio exclusivo
El Cliente acepta que los límites de esta cláusula (US$ 0,60/lb y US$ 100 por evento), en conjunto con las normas imperativas aplicables, constituyen el único y exclusivo remedio frente a JDG por:
- Pérdida total o parcial de la mercancía.
- Daños físicos.
- Falta de entrega, entrega tardía o errónea.
- Faltantes de inventario o desaparición misteriosa.
9.6. Costos de retiro, disposición y limpieza ambiental
Cuando la pérdida, daño, contaminación o deterioro de la mercancía:
- No sea imputable a JDG, o
- Sea consecuencia de vicio propio, embalaje inadecuado, humedad/oxidación normal, plagas u otras causas similares,
el Cliente será responsable de:
- Costos de retiro de la mercancía dañada.
- Costos de disposición o destrucción.
- Costos razonables de limpieza ambiental y remediación del sitio.
Estos costos serán facturables al Cliente y garantizados por el lien de la Cláusula 12.
10. Fuerza mayor y eventos fuera de control
JDG no será responsable por retrasos o incumplimientos causados directa o indirectamente por eventos fuera de su control razonable, incluyendo, sin limitarse a:
- Desastres naturales (inundaciones, huracanes, tormentas, terremotos, incendios).
- Guerras, conflictos armados, disturbios civiles, actos terroristas.
- Huelgas, cierres patronales, paros de transporte, bloqueos, cierre de puertos o aeropuertos.
- Pandemias, epidemias, emergencias sanitarias, cuarentenas, restricciones de movilidad.
- Ciberataques, fallos masivos de sistemas, interrupciones de internet, cortes de energía o de servicios esenciales.
- Embargos, incautaciones, retenciones aduaneras, sanciones económicas, cambios regulatorios súbitos.
- Actos y omisiones de autoridades públicas, demoras aduaneras extraordinarias, cancelaciones de vuelos o zarpe de buques.
En tales casos, los plazos de entrega se entenderán extendidos por el tiempo que dure el evento. JDG hará esfuerzos razonables por mitigar el impacto y mantener informado al Cliente, pero no responderá por daños derivados de estas circunstancias.
11. Reclamos y plazos (48 h + 30 días + 3 meses)
11.1. Aviso inicial (48 h)
Al recibir o retirar la mercancía, el Cliente/destinatario debe:
- Inspeccionar el estado externo de los bultos.
- En caso de irregularidad visible (golpes, cajas abiertas, etc.), dejar constancia inmediata ante el mensajero o personal de JDG, cuando sea posible, y anotarlo en la guía/recibo.
- Tomar fotografías y, de ser posible, grabar video.
Se recomienda notificar la incidencia a JDG dentro de las primeras 24 horas, y en todo caso, el aviso inicial debe realizarse dentro de las 48 horas siguientes a la entrega o retiro.
11.2. Reclamo formal (30 días)
El Cliente deberá presentar un reclamo formal por escrito (vía email, portal web u otro canal habilitado), indicando:
- Datos de identificación del envío.
- Descripción del daño, pérdida o incidencia.
- Importe reclamado y forma de cálculo.
- Evidencias (facturas, fotos, videos, documentos de entrega, etc.).
Plazo máximo: 30 días naturales desde:
- La fecha de entrega o retiro; o
- La fecha en que JDG notifique al Cliente la pérdida o daño, si no hubo entrega,
lo que ocurra primero.
Si el Cliente no presenta reclamo formal en dicho plazo, se presumirá que la mercancía fue recibida a satisfacción y en buen estado, y el Cliente perderá el derecho a reclamar frente a JDG, salvo que una ley imperativa establezca un plazo mínimo mayor.
11.3. Inicio de arbitraje (3 meses)
Cualquier acción o procedimiento de arbitraje contra JDG deberá iniciarse en un plazo máximo de 3 meses contados desde:
- La entrega o retiro de la mercancía; o
- La notificación de pérdida o daño por parte de JDG,
lo que ocurra primero.
El arbitraje se considerará iniciado en la fecha de presentación de la solicitud ante la AAA. Transcurrido dicho plazo sin inicio de arbitraje, el reclamo se considerará definitivamente extinguido, salvo que un tratado internacional aplicable imponga un plazo mínimo mayor.
12. Derecho de retención (lien), abandono y venta
12.1. Lien general
JDG tendrá un derecho de retención general (“lien”) sobre:
- Toda mercancía del Cliente en su posesión, custodia o control.
- Los documentos relacionados con esa mercancía.
por el pago de:
- Fletes, almacenaje, seguros, impuestos adelantados, servicios adicionales, recargos, gastos y honorarios (incluidos honorarios de abogados).
12.2. Impago y retención
Mientras existan sumas vencidas:
- JDG podrá retener la mercancía y negarse a entregarla.
- La mercancía seguirá generando cargos de almacenaje conforme a las Tarifas Vigentes.
12.3. Abandono y plazos
Como regla general:
- Si transcurren 60 días desde la notificación de la deuda sin pago ni instrucciones razonables, JDG podrá considerar la mercancía como abandonada y proceder a su venta, subasta, devolución o destrucción, conforme a la ley y de forma comercialmente razonable.
En ciertos servicios específicos (por ejemplo, almacenaje corto o casillero local), un recibo de depósito, guía o tarifa puede fijar plazos menores (por ejemplo, 20 o 30 días). En tal caso, prevalecerá el plazo señalado en ese documento, siempre que sea compatible con la ley aplicable.
12.4. Notificación y venta
JDG notificará al Cliente, usando la última dirección física o electrónica que conste en sus registros, su intención de vender o disponer de la mercancía, con al menos 10 días de anticipación a la fecha prevista, salvo que exista un riesgo inmediato para personas, bienes o medio ambiente que exija actuación más rápida.
El producto neto de la venta se aplicará:
- Al pago de los gastos de venta, manipuleo, disposición y almacenamiento.
- Al pago de la deuda del Cliente (capital, intereses, recargos).
Cualquier excedente, si lo hubiera, se mantendrá a disposición del Cliente conforme a la ley. Si el producto no cubre la totalidad de la deuda y gastos, el Cliente seguirá siendo responsable por el saldo.
13. Recall (retiro de productos del mercado)
En caso de que una autoridad, el fabricante o el propio Cliente ordenen un recall de mercancías almacenadas o transportadas por JDG:
- JDG colaborará, en lo razonable, con la localización, separación, etiquetado, transporte y disposición de la mercancía afectada, según sus capacidades operativas.
Todos los costos de:
- Manejo adicional.
- Transporte extra.
- Devolución, destrucción o disposición final.
serán a cargo exclusivo del Cliente, sin perjuicio de los límites generales de responsabilidad de la Cláusula 9.
14. Confidencialidad y protección de datos
14.1. Confidencialidad
JDG tratará como confidencial, en la medida razonable:
- Información comercial, logística y técnica del Cliente.
- Detalles de envíos, tarifas especiales y acuerdos particulares.
Podrá compartir dicha información:
- Con empleados, agentes y subcontratistas que la necesiten para prestar el servicio.
- Con autoridades públicas que la requieran legalmente.
- En procedimientos judiciales o arbitrales, cuando sea necesario para ejercer o defender derechos de JDG.
El Cliente, a su vez, se compromete a no divulgar a terceros tarifas específicas, métodos, procedimientos internos o información sensible de JDG, salvo que exista obligación legal de hacerlo.
14.2. Datos personales
El tratamiento de datos personales se regirá por:
- La normativa de protección de datos aplicable.
- Las políticas de privacidad de JDG, accesibles en su sitio web.
15. Cancelación de cuentas y uso fraudulento
JDG podrá, a su sola discreción:
- Suspender o cancelar cuentas de Clientes inactivos, en mora recurrente o que hayan incurrido en fraude, abuso del servicio o uso manifiestamente contrario a la ley o a estos Términos.
- Negar servicios futuros a quienes incurran en contracargos bancarios injustificados o de mala fe, reservándose el derecho de reclamar daños y de informar a procesadores de pago y autoridades competentes cuando corresponda.
La cancelación de cuenta no extingue deudas pendientes ni afecta el derecho de JDG a ejercer el lien y las demás acciones de cobro.
16. Ley aplicable y arbitraje (AAA – Miami – inglés)
16.1. Ley aplicable
Este contrato se rige por:
- Las leyes del Estado de Florida, EE. UU., excluyendo sus normas de conflicto de leyes.
- Los tratados y normas de transporte internacional aplicables en cada caso (incluyendo la Convención de Varsovia y el Convenio de Montreal, en lo que sean de aplicación obligatoria).
16.2. Arbitraje vinculante
Toda disputa, controversia o reclamo entre el Cliente y JDG relacionados con:
- La interpretación, ejecución, incumplimiento o terminación de estos Términos y sus Anexos; o
- Cualquier servicio prestado por JDG,
se resolverá de forma definitiva mediante arbitraje vinculante administrado por la American Arbitration Association (AAA), de acuerdo con sus Commercial Arbitration Rules, con las siguientes condiciones:
- Sede del arbitraje: Miami, Florida, EE. UU.
- Idioma del arbitraje: inglés.
- Número de árbitros: uno (1) o tres (3), según disponga la AAA o las reglas aplicables.
El laudo arbitral será final y vinculante y podrá ser reconocido y ejecutado en cualquier jurisdicción competente.
16.3. Acciones judiciales limitadas
Sin perjuicio del arbitraje:
- JDG podrá acudir a los tribunales estatales o federales de Florida únicamente para solicitar medidas cautelares urgentes o para ejecutar el laudo arbitral.
- El Cliente acepta expresamente esta jurisdicción y renuncia a impugnarla por razón de foro inconveniente.
17. Modificaciones, integridad y divisibilidad
- JDG podrá modificar estos Términos y sus Anexos publicando nuevas versiones en su sitio web, indicando su fecha de actualización. El uso continuado de los servicios implica aceptación de la versión vigente.
- Estos Términos y sus Anexos, junto con los documentos específicos de servicio, constituyen el acuerdo íntegro entre JDG y el Cliente.
- Si alguna cláusula se considera inválida o inaplicable, el resto permanecerá vigente.
- La falta de ejercicio o demora en el ejercicio de cualquier derecho por JDG no implica renuncia, y podrá ejercerse en cualquier momento.
Anexo I – Condiciones específicas: Transporte internacional / courier / encomiendas
I.1. Objeto
Regula el transporte de encomiendas, cajas, carga consolidada y documentos, por vía aérea, marítima y/o terrestre, así como el transporte interno asociado (recolección, consolidación, entrega en destino), bajo las normas de transporte aplicables y este contrato.
I.2. Dimensiones, peso y límites por bulto
- Peso recomendado por bulto: hasta 150 lb.
- Peso máximo estándar: 166 lb por bulto, salvo acuerdo escrito.
Bultos que excedan este límite podrán ser rechazados o aceptados con cargos adicionales y condiciones especiales de manejo, previa aceptación de JDG.
En transporte aéreo, la facturación se hace normalmente sobre el mayor entre:
- Peso real (lb), y
- Peso volumétrico (según fórmula y factores publicados por JDG).
I.3. Embalaje
El embalaje adecuado es responsabilidad exclusiva del Cliente. Se recomienda:
- Cajas resistentes tipo “Heavy Duty”.
- Protección interna (plástico de burbujas, foam, relleno) para artículos frágiles.
- Refuerzo exterior con cinta y/o film stretch cuando sea necesario.
JDG puede ofrecer servicios de reempaque/refuerzo con costo adicional. Dichos servicios no convierten a JDG en aseguradora del contenido.
I.4. Modalidad “tráfico postal y envíos urgentes” (cuando aplique)
En ciertos destinos, bajo normativa de “Tráfico Postal y Envíos Urgentes”, la mercancía debe:
- Tener un valor declarado hasta USD 1.000 (o el límite legal vigente).
- Tener un peso hasta 110 lb por envío (o el límite legal vigente).
- No incluir mercancías restringidas o prohibidas.
- No superar una cantidad de unidades de la misma clase (p. ej., hasta 6 unidades).
Si un envío no cumple estas condiciones, podrá ser reclasificado a importación ordinaria, debiendo el Cliente contratar un agente aduanal y gestionar la nacionalización, mientras que JDG entregará la documentación necesaria previa cancelación de los cargos pendientes.
I.5. Plazos de tránsito
Los plazos de tránsito publicados (por ejemplo, “15–120 días laborables” según país y modalidad) son estimaciones y dependen de aerolíneas, navieras, autoridades aduaneras, condiciones climáticas y congestión en puertos y aeropuertos.
JDG hará esfuerzos razonables para cumplir los plazos, pero retrasos razonables, sin dolo ni negligencia grave, no generan derecho automático a indemnización.
I.6. Reclamos en transporte
Se aplican los plazos de la Cláusula 11:
- Aviso inicial: hasta 48 h desde la entrega (recomendado en 24 h).
- Reclamo formal: hasta 30 días.
- Inicio de arbitraje: hasta 3 meses.
El Cliente debe conservar embalaje y contenido para inspección. JDG no responde por daños derivados de embalaje inadecuado, vicio propio, humedad/oxidación normal, desgaste natural o manipuleo por terceros fuera de su control razonable.
I.7. Limitación de responsabilidad en transporte
Salvo seguro adicional o valor declarado aceptado por escrito, la responsabilidad de JDG por pérdida o daño en transporte se limita al menor entre el valor real de la pérdida y US$ 0,60 por lb de peso bruto del bulto afectado, con tope global de US$ 100 por evento, según la Cláusula 9, sin perjuicio de límites mínimos que establezcan tratados de transporte de aplicación obligatoria.
Anexo II – Condiciones específicas: Almacenaje y Warehouse Receipt
II.1. Objeto
Regula el almacenaje, custodia y manejo de mercancías en depósitos propios o subcontratados por JDG.
II.2. Almacenes propios y de terceros
JDG puede utilizar:
- Almacenes propios o arrendados.
- Instalaciones de terceros (por ejemplo, U‑Haul, Public Storage u otros).
En todos los casos, JDG actúa como coordinador logístico y ejerce diligencia razonable en la selección y supervisión de dichos almacenes.
II.3. Inicio y forma de cobro
- Los cargos de almacenaje comienzan cuando JDG toma custodia de la mercancía, aunque todavía no se haya emitido el recibo.
- El cobro se realiza por mes o fracción, según unidad (bulto/pallet/volumen) y tarifas vigentes.
- El primer mes puede facturarse por adelantado; los siguientes, en la fecha acordada (por ejemplo, primer día de cada mes).
II.4. Manejo, equipos y servicios adicionales
Cuando para mover o manipular mercancía se requieran montacargas, grúas, plataformas especiales, mano de obra adicional u horas fuera de horario, o materiales (pallets, dunnage, stretch wrap, etc.), los costos serán facturados al Cliente como servicios adicionales.
II.5. Movimientos entre almacenes
JDG puede mover mercancía entre diferentes almacenes o dentro del mismo complejo, por motivos de seguridad, capacidad, normativas o eficiencia operativa, informando al Cliente cuando razonablemente sea posible.
II.6. Responsabilidad y límite en almacenaje
JDG solo será responsable cuando no ejerza diligencia razonable en la custodia. En tal caso, el límite será el menor entre el valor real del daño y US$ 0,60 por lb de la mercancía afectada, con tope de US$ 100 por evento, como remedio exclusivo, incluyendo faltantes de inventario y desaparición misteriosa, salvo prueba de conversión dolosa por parte de JDG.
II.7. Retención, abandono y venta
Si el Cliente no paga cargos de almacenaje u otros, JDG puede retener la mercancía y seguir facturando almacenaje. Si la mora permanece y transcurren 60 días desde la notificación, JDG podrá tratar la mercancía como abandonada y aplicar el procedimiento de venta/destrucción descrito en la Cláusula 12.
II.8. Mercancía dañada, contaminada o peligrosa
Si la mercancía se vuelve peligrosa, contaminante o de valor inferior a los cargos adeudados, por causas ajenas a JDG, JDG podrá separarla, trasladarla o disponer de ella (incluida destrucción) de forma comercialmente razonable. Los costos de retiro, disposición y limpieza ambiental serán de cargo del Cliente.
Anexo III – Condiciones específicas: Casillero postal internacional
III.1. Naturaleza del servicio
El servicio de casillero postal internacional de JDG consiste en:
- Asignar al Cliente una dirección y número de casillero en EE. UU. (u otro país).
- Recibir paquetes a nombre del Cliente.
- Clasificar, inspeccionar y documentar la mercancía.
- Enviarla al país de destino bajo la modalidad aduanera que corresponda (por ejemplo, “tráfico postal y envíos urgentes” o “importación ordinaria”).
JDG no es el vendedor de los productos adquiridos por el Cliente, salvo servicios específicos de “compras asistidas” contratados aparte.
III.2. Registro y titularidad
El Cliente debe registrarse una sola vez, proporcionando datos veraces y actualizados (nombre, dirección, teléfono, correo, identificación). La cuenta de casillero es personal e intransferible. El Cliente no debe compartirla con terceros ni permitir compras a nombre de personas distintas sin autorización de JDG.
III.3. Recepción y responsabilidad de JDG
JDG será responsable de las mercancías únicamente desde que son recibidas y confirmadas en el almacén principal autorizado (normalmente en EE. UU.). Antes de ese punto (tramo proveedor → almacén JDG), los riesgos corresponden al Cliente y/o al proveedor o transportista utilizado hacia el casillero.
Es obligación del Cliente identificar correctamente sus paquetes (nombre, número de casillero, dirección completa) y, cuando sea posible, pre‑alertar sus compras a través del portal para evitar retrasos o extravíos.
III.4. Bodegaje en casillero y mercancía abandonada
Cuando el casillero incluya almacenaje en origen, podrán aplicarse:
- Un período de espera inicial (por ejemplo, hasta 60 días) con una determinada tarifa.
- De 60 a 90 días, otra estructura de tarifas.
- A partir de 90 días, recargos mensuales por libra adicionales, según Tarifas Vigentes.
Si transcurren 6 meses sin instrucciones y sin pago de cargos, la mercancía podrá considerarse MERCANCÍA ABANDONADA y JDG podrá disponer de ella conforme a la Cláusula 12 y al presente Anexo.
III.5. Reclamos en casillero
Se aplican los plazos generales (48 h + 30 días + 3 meses). El Cliente debe abrir el paquete y revisar su contenido delante del personal de JDG o del mensajero cuando la entrega sea presencial. Cualquier irregularidad visible debe anotarse en el comprobante de entrega y documentarse (fotos/videos). Si no se reportan incidencias dentro de las 48 h siguientes a la entrega o retiro, se presumirá que el paquete fue recibido a satisfacción.
Anexo IV – Condiciones específicas: Pick up y última milla
IV.1. Recolección (pick up)
JDG puede ofrecer recolección de mercancía en determinadas áreas y ciudades, con rutas programadas y tarifas según zona. Si el Cliente agenda un pick up y el conductor no puede recoger la carga por falta de acceso, carga no lista, dirección errada o ausencia de persona de contacto, JDG podrá cobrar una tarifa mínima por visita fallida según Tarifas Vigentes.
La reprogramación estará sujeta a disponibilidad y al pago de los cargos aplicables.
IV.2. Entregas de última milla
En el país de destino, JDG puede entregar con flota propia o subcontratar operadores locales. Las obligaciones de JDG se limitan a:
- Intentar la entrega en la dirección indicada en el registro.
- Reprogramar o devolver la mercancía conforme a sus protocolos cuando el destinatario no se encuentre.
- Entregar la mercancía en condiciones razonablemente equivalentes a las de recepción.
Si el destinatario no está disponible, rechaza la entrega o indica una dirección incorrecta o incompleta, podrán aplicarse cargos adicionales por segunda visita, almacenaje o devolución a origen, de cargo del Cliente.
IV.3. Identificación en retiros en agencia
Para retiros en agencias JDG:
- El Cliente deberá presentar los números de guía y, si se requiere, documento de identidad.
- Para que un tercero retire, deberá presentar una carta de autorización original con datos del titular, del autorizado, números de guía y firma original del Cliente (no escaneada ni digital), junto con identificación válida.
Anexo V – Condiciones específicas: Servicios por país de destino
V.1. Publicación de condiciones locales
Para cada país de destino (Venezuela, Nicaragua, México, Ecuador, Colombia, Chile, Honduras, El Salvador, etc.), JDG podrá publicar en su web (subdominios o secciones dedicadas):
- Tarifas detalladas por tamaño de caja, peso, modalidad aérea y/o marítima.
- Tiempos estimados de tránsito y desaduanaje (por ejemplo, plazos promediados entre 15 y 120 días laborables, según país y modalidad).
- Listas ampliadas de mercancías prohibidas o restringidas específicas del país.
- Condiciones particulares del régimen aduanero (por ejemplo, requisitos y límites del “tráfico postal y envíos urgentes”).
V.2. Coherencia con los Términos Generales
Las condiciones publicadas en páginas locales se interpretan siempre en concordancia con estos Términos y los Anexos I–IV. No modifican ni eliminan la limitación de responsabilidad ni los plazos de reclamos (48 h + 30 días + 3 meses), salvo que una norma imperativa nacional o un tratado de transporte exija mayor protección al Cliente.
En caso de discrepancia entre promociones, posts, flyers, imágenes publicitarias y el presente documento, prevalecerá siempre este texto de Términos y Condiciones, sin perjuicio de la corrección de errores evidentes de imprenta o digitación en el material promocional.